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Accidentes en las piscinas, ¿quién asume la responsabilidad?

Las diferentes normativas autonómicas que regulan la creación y el cuidado de las piscinas públicas y privadas comunitarias también especifican las medidas de seguridad que deben incorporar estas instalaciones para evitar todo tipo de accidentes.

23 sep 2013 en Aspectos legales y seguridad - Lectura: min.

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En algunas ocasiones es el propio accidentado el que puede provocar la situación por diversas razones. Foto: Cbm - Piscinas Deluxe

Las diferentes normativas autonómicas que regulan la creación y el cuidado de las piscinas públicas y privadas comunitarias también especifican las medidas de seguridad que deben incorporar estas instalaciones para evitar todo tipo de accidentes.

Obligaciones en materia de seguridad

En términos generales, estos reglamentos obligan a disponer de uno o varios socorristas –en función del número de piscinas que existan y las dimensiones de las mismas- y un botiquín visible y perfectamente señalizado para poder acudir a él en caso de accidente.

No obstante, éstos pueden ocurrir y, en estos casos, en primer lugar es imprescindible prestar a la víctima los primeros auxilios básicos según el tipo de accidente. Si se trata de una contusión conviene mover al accidentado lo menos posible y prestar especial atención a la zona cervical para evitar lesiones graves.

En caso de ahogo, hay que sacar a la víctima rápidamente del agua y ponerla boca arriba. Si no respira se debe iniciar de inmediato la reanimación cardiopulmonar a la espera de que lleguen los servicios de urgencias -que habrá que avisar tanto si se intuyen daños graves como si no-.

Asumir responsabilidades

Por otra parte, surgen varias preguntas: ¿Quién asume la responsabilidad? ¿El accidentado tiene derecho a solicitar algún tipo de indemnización? El primer concepto que hay que aclarar para resolverlas son las circunstancias en las que se haya producido el incidente y comprobar si la piscina cumplía con todas las medidas de seguridad obligatorias.

En algunas ocasiones es el propio accidentado el que puede provocar la situación por diversas razones. Por ejemplo, si accede a las instalaciones fuera del horario permitido o no cumple con las indicaciones o avisos presentes en las piscinas la responsabilidad será únicamente suya.

Igualmente, si no se observa ningún tipo de irregularidad en el ámbito de la seguridad o el mantenimiento de la piscina ni ninguna negligencia por parte de los socorristas, se entiende que la comunidad de vecinos o la empresa que gestiona la instalación no tienen por qué asumir la responsabilidad ni indemnizar a la víctima.

Derecho a indemnización

Sin embargo, si se concluye que los daños pueden imputarse a un estado de conservación deficiente de la piscina en sí o de las instalaciones anejas a la misma, se aplicará la responsabilidad civil comunitaria frente a terceros.

En el caso de las piscinas privadas comunitarias, la Ley de Propiedad Horizontal no obliga a disponer ningún tipo de seguro de responsabilidad civil, pero es recomendable contratar uno.

La razón fundamental es que, si no se posee, si acontece algún tipo de siniestro que pueda imputarse a la comunidad, serán los propietarios de las viviendas los que tendrán que hacer frente al pago de la correspondiente indemnización.

El accidentado debe tener en cuenta que, si considera que tiene derecho a recibir dicha indemnización, deberá localizar a un responsable de la piscina para poder rellenar los formularios de queja correspondientes.

Si no puede cumplimentarlos en el momento del accidente debido a las lesiones, deberá hacerlo lo antes posible -o alguna persona debidamente autorizada para hacerlo en su nombre- detallando el incidente y completando la reclamación con un parte médico.

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